lunes, 7 de diciembre de 2015

Logran Mujeres en Lucha y Centro de Derechos Humanos de las Mujeres resolución judicial que protege los derechos de la infancia

Bajo el lema “Mujeres en lucha: hijos /as lucho por nuestros derechos” nació a principios de este año el colectivo de mujeres organizadas bajo la tutoría del Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (CEDEHM),  colectivo de mujeres convencidas que el activismo, el litigio  estratégico con perspectiva de género  y la denuncia contra servidores públicos que violentan derechos humanos, puede revertir sentencias discriminatorias del poder judicial. 

Los hombres que ejercen violencia, en múltiples ocasiones perpetúan las agresiones contra sus parejas, demandando ante los tribunales juicios para exigir la custodia de sus hijos e hijas  como estrategia para evadir la responsabilidad de otorgar una pensión alimenticia o  bien, para castigar a la mujer que decide  denunciarlos por violencia familiar. 

Uno de estos casos fue el que enfrento Celia Castro Márquez, quién tomó la decisión de poner límites a la violencia de su pareja, y como venganza  el 27 de mayo del 2009, Javier Eduardo Núñez Tapia, ex pareja de Celia, sustrajo ilegalmente a su hija  e hijos de 6 años y 1 año respectivamente y se los llevó a vivir a Monterrey, Nuevo León. 

La víctima acudió a presentar denuncia penal por sustracción de menores, la cual no aceptada por el Ministerio Pública bajo el argumento de que quien se los había llevado era su padre.  Ante la impunidad que cobijó el delito, Núñez Tapia continuó la espiral de la violencia, utilizando al Poder Judicial para sus propósitos, solicitó la perdida de  la patria potestad acudiendo ante la Jueza Nicolasa Concepción Payan Holguín, en el Juzgado Segundo Familiar.

A pesar de que la víctima demostró que ella cuidaba y sostenía a sus pequeños hijos, que jamás se había separado de ellos y que la causa primaria de la sustracción de sus vástagos era justamente la violencia, la Jueza Payan Holguín,  violentando los derechos de la infancia, autorizó convivencias provisionales que nunca fue capaz de hacerlas efectivas, coadyuvando con la tortura de la madre que se vio separadas de su hija e hijo, por  seis años y medio que duró el proceso legal.

En abril del 2015, Nicolasa Concepción dictó sentencia, alejada de la debida diligencia,  violentando los derechos humanos de Celia y de sus hijo/a, cabe mencionar que esta juzgadora se ha distinguido a lo largo de su carrera en el poder judicial  por brindar protección a los hombres agresores; en razón de esto, la jueza familiar deberá enfrentar una demanda penal y una queja por violentar los derechos de la niña, el niño y su madre.  


Ante la ilegal resolución judicial, el CEDEHM apeló la sentencia judicial y el 18 de noviembre del año en curso, la Magistrada de la Novena Sala Civil, Adela Alicia Jiménez Carrasco, concedió la razón a la víctima señalando que no se justifica circunstancia alguna que impida la convivencia con la madre, se acreditó que la madre y su hijo e hija fueron víctimas de violencia al ser separados por el padre.

La sentencia considera que existe violación por parte de la jueza familiar a la Convención Americana de Derechos Humanos. En cuanto al debido proceso a la igualdad ante la Ley y a la protección judicial , debido a que se le ha hecho nugatorio el derecho de convivencias con sus hija e hijo, la magistrada es enfática al considerar que se violentó el derecho fundamental y de interés superior que es el de los niños a convivir con la figura materna, la cual es de total trascendencia para su formación emocional y su adecuado desarrollo y crecimiento, omisión que no se logra reparar con la determinación tomada en la sentencia al no ordenar convivencias que se tornen efectivas.

Ahora el agresor, Javier Eduardo Núñez, está obligado mediante la sentencia de la magistrada a trasladar los pequeños a Chihuahua para permitir libremente  el ejercicio del derecho a la maternidad , las cuales no será únicamente mediante las conveniencias, sino que  podrán tener llamadas telefónicas, cartas, correos electrónicos y cualquier medio que la madre decida para comunicarse con sus hijos, además concluye que por tratarse de un delito se dará vista al Ministerio Publico para que proceda penalmente contra el victimario. 


Por su parte el equipo del CEDEHM reitera la exigencia de un Consejo de la Judicatura que observe la conducta de operadores del sistema de justicia que pese a tener un costosa ciudad judicial no se ve traducida en acceso a la justicia.  

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