martes, 17 de junio de 2014

Organizaciones de la Sociedad Civil clausuran simbólicamente el Congreso del Estado de Chihuahua

El Centro de Derechos Humanos de las Mujeres, la Red por la participación Ciudadana, Mujeres Barzonistas y Observa Ciudadana clausuran simbólicamente el Congreso del Estado de Chihuahua por violentar los derechos humanos de las niñas, niños y mujeres, ante la inminente aprobación de los Códigos Familiar y de procedimientos Civiles en total opacidad y secrecía. Por  diversos medios hemos solicitado el dictamen que está por aprobarse, las y los legisladores que van a votar dicen que no lo conocen.

El Estado de Chihuahua atrajo la mirada internacional por los feminicidios y desapariciones de mujeres, posteriormente fue condenado con la emblemática sentencia internacional de Campo Algodonero, además de recibir más de cuatrocientas recomendaciones de organismos nacionales e internacionales que mandatan al gobierno de Chihuahua a proteger los derechos humanos de las mujeres.

A la ciudadanía Chihuahuense, clausuramos simbólicamente el Congreso:

1.    Porque hace más de tres décadas, que el Estado Mexicano firmó y ratificó la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra las Mujeres.
2.        Porque hace casi dos décadas firmó la Convención de Belén Do Para, (1998) y con ello contrajo la obligación de garantizar en el sistema normativo nacional los principios de no discriminación y la responsabilidad de reconocer, proteger y garantizar el respeto irrestricto de los derechos humanos de las mujeres.
3.         Porque las y los legisladores parecen desconocer que existe un antes y un después a partir de la reforma constitucional del 2011 en materia de derechos humanos, lo que obliga a respetar los tratados internacionales.
4.      Porque el artículo primero constitucional obliga a las y los legisladores a respetar estándares internacionales de derechos humanos que se encuentran en CEDAW y BELEN DO PARA, y en los Códigos Familiar y de procedimientos Civiles esta obligación se omite.
5.    Porque la mayoría de los actos de violencia contra las mujeres quedan en la impunidad, perpetuando la aceptación social de este fenómeno e impidiendo gozar y ejercer los derechos humanos y las libertades fundamentales, y en los códigos familiar y de procedimientos civiles no se contempla esta realidad.
6.       Porque la reforma a los códigos familiar y de procedimientos civiles son un grave retroceso para los derechos humanos de las mujeres.
7.     Porque un gobierno, que dice se preocupa por la seguridad ciudadana, debe ocuparse de la seguridad del cincuenta por ciento de su población, es decir la seguridad de las mujeres.
8.        Porque un nuevo código brinda la oportunidad de hacer realidad uno de los principios fundamentales de la cultura de la legalidad, el que se refiere a la participación ciudadana, rechazamos la simulación de una consulta ciudadana que no incluye la mirada y las necesidades de las mujeres
9.       Porque el eje de un estado de derecho es la protección de los derechos humanos, por supuesto el de las mujeres y niñas.
10.   Porque legislar es una actividad que da el marco jurídico necesario para exigir nuestros derechos y es obligatorio legislar con perspectiva de género en los contenidos y no sólo en el discurso
11.       Porque no queremos imposiciones desde el conservadurismo y exigimos respeto al estado laico.
12.    Porque los códigos están  redactados  en un lenguaje totalmente masculinizado, androcéntrico y sexista.
13.       Porque reduce el concepto de familia, en una sociedad marcada por la violencia que ha generado transformaciones aceleradas en las familias y menoscabo de sus derechos.
14.    Porque si una mujer se casa por el régimen de separación de bienes y posteriormente se divorcia no contempla el derecho que tendría a  la división equitativa  de bienes que fueron adquiridos durante el matrimonio  dejándola en indefensión económica.
15.      Porque el concepto de violencia del código familiar no concuerda con los estándares de las convenciones internacionales, ni con la Ley General de acceso y la Ley estatal del derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y por tanto es limitado, por ejemplo no reconoce la violencia económica.
16.     Porque no se mencionan las medidas de protección que son indispensables para brindar seguridad a mujeres en situación de violencia.
17.     Porque establece el derecho de los hombres a contraer matrimonio  inmediatamente una vez que se extinga el vínculo matrimonial, en cambio las mujeres deben practicarse un examen médico para asegurarse que no se encuentran embarazadas.
18.     Porque solo cuando ambos cónyuges trabajen y contribuyan al gasto familiar, las labores domésticas serán compartidas.
19.     Porque si una mujer da a luz a un hijo y la paternidad no le corresponda al marido, es una causal del divorcio, pero si es el hombre el que tiene un hijo fuera del matrimonio aquí no aplica la causal.
20.     Porque no simplifica, facilita y agiliza la declaración de ausencia de las personas desaparecidas que permita a las familias ejercer los derechos patrimoniales y familiares de la persona desaparecida para salvaguardar los intereses esenciales del núcleo familiar.
21.     Porque miles de familias chihuahuenses serán arrojadas a las calles por desalojos judiciales ante la imposibilidad de pagos originados por la violencia en el estado, la pérdida de empleos, etc.
22.      Porque un juicio civil para despojar a las familias de su patrimonio durara dos meses.
23.   Porque en un Estado donde proliferan las empresas prestamistas  ilegales se dinamiza y simplifica el embargo de bienes.
24.      Porque el Código de procedimientos civiles obedece a los sueños e intereses de las empresas financieras y prestamistas para facilitar los despojos del patrimonio familiar.




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